martes, 4 de marzo de 2014

SANTA ROSA DE CABAL PRESUNTA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.


enlace Programado por Gabriel Alberto Restrepo Sotelo,es LINTERNA ROJA EN Google, Yahoo y Facebook .-.
Comentario del Director:
Lunes 03 de Marzo del año 2.014 Hora 2:00 PM, estuvimos en el despacho del Alcalde del municipio de Santa Rosa de Cabal: Doctor CARLOS TORO, exponiéndole en nuestra calidad de: Promotores y Defensores de los Derechos Humanos, un caso de Posible VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE UNOS CIUDADANOS.

Caso de la vida real:
El señor MARTÍN LARA, Administrador y Cuasi poseedor de un Lote en la zona urbana del Municipio de Santa Rosa de cabal, viene procurándose el sustento con el producto de un Parqueadero, el cual ha sido tolerado por la Administración Municipal y los presuntos propietarios del terreno, por mas de un año, sin que hasta hace quince días, hubiere sido amonestado, o requerido por la Autoridad alguna del citado municipio.

Ahora con extrañeza el señor: MARTÍN LARA,  Administrador y Cuasi poseedor de buena fe, del Terreno y del Parqueadero, y sin que hubiere tenido oposición por los cuasi propietarios, o notificación alguna: LEGALMENTE TE NOTIFICADO, por la Secretaria de Gobierno Municipal, le muestran una " RESOLUCIÓN DE LA INSPECCIÓN SEGUNDA DE POLICÍA" donde le conceden facultades administrativas de SELLAMIENTO DEL LOTE, a unos particulares, y proceden a CERRAR EL LOTE DONDE FUNCIONA EL PARQUEADERO, y dejan ANCLADO el lote donde el señor: MARTÍN LARA, tiene funcionando su parqueadero, y donde están estacionados vehículos, livianos y pesados, que PAGAN UNA MENSUALIDAD, amen de evitar el ingreso de vehículos y ciudadanos que llegan a requerir los servicios de los Talleres ,que funcionan en dicho lote, si haberles NOTIFICADO LANZAMIENTO  O SELLAMIENTO ALGUNO, vulnerando con este actuar varios derechos: Al trabajo, a la tranquilidad ciudadana, a un ambiento psicológico sano, a circular libremente por su lugar de trabajo, a Entrar y salir sin ninguna presión o constreñimiento y lo peor VIOLANDO EL DEBIDO PROCESO, puesto que a los ciudadanos estacionarios en dicho lote, no se les concedió, el Derecho a Defenderse o allegar pruebas en su favor, simplemente se dicto un ACTO ADMINISTRATIVO y ya.

Se investigo y la Administración municipal de Santa Rosa de Cabal, concedió plazo hasta el mes de Mayo del año 2014, para que todos los propietarios,de  Parqueaderos del Municipio, pusieron sus papeles en regla y funcionaran, de lo contrario se procedería al Cierre de dichos establecimiento privados, lo cual no se le concedió al señor: MARTÍN LARA, violandose el Derecho a la IGUALDAD Y AL DEBIDO PROCESO. Fuera de lo anterior, la Administración municipal con su actuar, esta favoreciendo a un tercero, quien dice ser el propietario del terrenos, sin mostrar la acreditación y documentos anexos al proceso, al presunto INVASOR señor Martín Lara, inmiscuyéndose la administración municipal, en asuntos que competen solucionar a un JUZGADO CIVIL MUNICIPAL o de Circuito, por tratarse de un litigio por: Indemnización por Salarios y Prestaciones sociales, amen de una posible Adquisición por prescripción adquisitiva del predio, para lo cual, la Alcaldía de Santa Rosa de Cabal, no tiene COMPETENCIA.

Lo anterior se puso en conocimiento del Alcalde, Dr Toro, quien se comprometio con el Promotor y Defensor de Derechos Humanos: Gabriel Alberto Restrepo Sotelo: Primera Cohorte UTP, a ordenarle al Asesor Jurídico y Secretaria de Gobierno Municipal a revisar urgentemente el Caso.

La petición de Sotelo al Alcalde fue: No se hace oposición al cierre del parqueadero, pero que se efectué respetandose el Debido proceso, y  que se le haga extensivo el proveido de la resolución administrativa de la alcaldía al señor MARTÍN LARA, en el sentido de darle plazo al igual que a todos los propietario o tenedores de parqueaderos en santa Rosa de Cabal, para que se pongan al día en documentación o cesen las actividades de PARQUEADERO, ordenando el cierre, pero no como lo hicieron desde la Inspección Segunda de Policía Administrativa: Concediéndole esta funciones a los Cuasi propietarios del lote, quienes en forma arbitraria y usurpando funciones públicas, procedieron cerrarle el parqueadero al señor MARTÍN LARA, lo cual es función de la Secretaria de Gobierno Municipal por conducto de la Inspección Segunda, previo a la notificación del Acto Administrativo.

Si la inspección segunda procedió arbitrariamente y se comprueba, una vez analizados los documentos anexos al Acto administrativo, bien podrían estar cometiendo un PREVARICATO, por acción al favorecer un tercero y por omisión al no respetar los Derechos de los ciudadanos. Solicitamos por conducto de nuestro Abogado los documentos a la inspectora segunda y respondio que los tenia la secretaria de gobierno municipal, lo cual nos dejo pensando.

Esperamos que el Doctor Toro. alcalde del municipio de Santa Rosa de Cabal, no deje cometer tal vulneración de los Derechos fundamentales.

SEÑOR MARTÍN LARA. CONFUNDIDO Y LLORANDO POR NO SABER QUE HACER, UN INTEGRANTE DE LA TERCERA EDAD  A QUIEN AL PARECER SE LE ESTÁN VULNERANDO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES ENTRE OTROS A TENER UN TRABAJO DIGNO.
PARTICULARES CERRANDO EL LOTE, AL PARECER SEGÚN ELLOS LA INSPECCIÓN SEGUNDA SE LOS ORDENO.

PARTICULARES CONTROLANDO LA ENTRADA Y SALIDA DEL PARQUEADERO, COMO SI ESTUVIÉRAMOS EN UN ESTADO DE SITIO.



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