miércoles, 23 de septiembre de 2015

La Excomunión del Abogado: Victor Manuel Tamayo Vargas Candidato a la Gobernación de Risaralda.

La solicitud de Excomunión del Candidato a la Gobernación: Víctor Manuel Tamayo Vargas.
Por: Linterna Roja.-.
Gabriel Alberto Restrepo Sotelo
M.-.R.-.MM.-.33"
Fue solicitada su Excomunión, por asistir a templos evangelicos, cristianos, por haberse vuelto a casar, siendo oficiante un Pastor Evangelico, por recibir la Comunión, por utilizar los credos religiosos, como instrumentos políticos, etc.

ARTICULO 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
Artículo 29 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
Claro este artículo, donde el ciudadano, para desarrollar su personalidad, necesita de otros ciudadanos, con el fin de reunirse, agruparse  e intercambiar sus ideas, mas necesidad en lo religioso pues el Congregarse forma parte del Derecho a practicar sus Credos religiosos, sean estos los que fueren, siempre y cuando, no se este infringiendo la Ley. Para el caso que nos ocupa, al  doctor VICTOR MANUEL TAMAYO VARGAS, le asiste el Derecho constitucional de profesar su Religión, en el momento en que desee y en el lugar que escoja, sin importar el rito religioso escogido, solo basta, su querer y sentimiento.
Miremos ahora lo que textualmente dice el articulo 19 de la Constitución politica de colombia en cuanto a la Libertad de cultos:
Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.

Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.

Clarisimo, en Colombia se Garantiza la Libertad de cultos, y el Derecho a profesarla libremente y difundirla en forma individual o colectiva, el Doctor Victor Manuel Tamayo Vargas, al visitar las iglesias Católicas, Pentecostales, Presbiterianas o de cualquier otra denominación, lo único que hace es eso: Practicar la libertad de cultos, y dejar que su Alma, vibre con la notas de los cánticos religiosos y Engrandecer su Espíritu, al recibir en forma voluntaria el Cuerpo y la Sangre de Cristo, al momento de recibir la Comunión, con este actuar no esta VULNERANDO, ningún articulado canónico, no esta irrespetando ninguna creencia religiosa, por el contrario, le da el respeto que merece cada RITUAL PRACTICADO. Cantando y Alabando en las Iglesias Cristianas o Evangelicas y recibiendo los Sacramentos de la Iglesia Catolica.

Si bien recordamos en Colombia, no existe cuerpo de Inquisición, pues esa practica de la época medieval, ya esta mas que superada y ahora se propugna por, el acercamiento de todas las religiones y credos existentes en el planeta, a una Iglesia católica, Cristiana, evangelica o de cualquier otro Orden, se puede ir y se puede salir con libertad, pues sus ordenamientos internos, no prohiben, el asistir indeterminadamente a una y otra, solo basta el asistir, con respeto y guardando la debida compostura en el Ritual.

Laicismo en Colombia:
El Laicismo se soporta sobre la plataforma amplia y generosa de la tolerancia, lo que significa que es uno de los mas importantes instrumentos de convivencia pacifica entre los seres humanos"
El país LAICO no se rige por una sola religión, el ciudadano es libre de Ingresar o salir cuando a bien lo quiera, sin tener que pedir permiso o demanda judicial, para hacerlo, es precisamente TOLERANCIA para el actuar, ayudando con esta libertad de culto religioso, a sembrar maneras sanas y pacificas, de una Sana Convivencia entre los Gobernados.
Y es lo que sucede en nuestro país, somos libres de profesar el credo que creamos es el mejor o que se adapte a nuestra exigencias, de igual manera de difundirlo o predicarlo, como también de abandonarlo en el momento en que lo queramos.

Cuando se da la Ex-comunión:
Con todo, hay algunos actos que, por ser muy graves y dañinos, provocan automáticamente la pena de la excomunión. Creo que cualquiera entiende esto porque son un atentado muy grave contra la fe o la moral. Le ponemos la lista los actos que generan la excomunión en el acto mismo:

-          apostasía, herejía, cisma
-          profanación y sacrilegio de la eucaristía
-          violencia física contra el romano pontífice
-          absolución del cómplice contra el sexto mandamiento
-          consagración episcopal sin mandato pontificio
-          violación del sigilo sacramental
-          aborto
Para el caso que nos ocupa, el Candidato a la Gobernación de Risaralda: Abogado Victor Manuel Tamayo Vargas, no esta INCURSO en ninguno de estos  7 SIETE numerales que se tienen en la Iglesia catolica, para aplicar la Excomunión Automática.
Para el caso del punto dos, que toma el Solicitante para casi que exigir la Excomunión de Tamayo Vargas: " PROFANACIÓN Y SACRILEGIO DE LA EUCARISTÍA" ,no se ha dato pues como lo dijera el acusado: " SOY CATÓLICO Y COMULGO" esta en su derecho, ya que para recibir la COMUNIÓN EN TEMPLO CATÓLICO, no se exige requisito alguno, solo estar confirmado en dicha fe y tamayo vargas lo esta y no ha renunciado a ella hasta el presente.

Por todo lo anterior considero que: La solicitud de Excomunión ante el Obispado pereirano, no es procedente, pues el acusado, no ha vulnerado ningún precepto religioso que amerite tal sanción y mucho menos esta incurso en ninguna causal de: Apostasia, Herejia o cisma.

Soy Linterna Roja.-. en el Ciberespacio.

No estamos en la Santa Inquisición...............................



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