sábado, 8 de septiembre de 2012

SENADOR ARMANDO BENEDETTI -Beneficios tributarios a empresas que contraten mayores de 50 años

Enlace Programado por Gabriel Alberto Restrepo Sotelo es LINTERNA ROJA EN Google, Yahoo y Facebook .-.

Comentario del Director:

El Senador de la República de Colombia: ARMANDO BENEDETTI, siempre sabe donde ponen las garzas y se dio cuenta de una realidad de pero grullo, y es que la población mayor de 50 años es mucha en colombia y se comprueba que siempre estamos listos, para ir a las urnas a depositar el voto, dado, que representamos, una Generación Adoctrinada políticamente, con el conocimiento suficiente de los partidos políticos y de la forma de hacer la política.
Se puede consultar o hacer una encuesta entre ciudadanos de 18 a 90 años y comprobaran que los Adultos mayores, viejos y ancianos somos los que copiosamente participamos de una elección política cualquiera que sea, y lo tomamos como una fiesta, los jóvenes no todos, son apáticos, perezosos y no tienen en su gran mayoría una ideología definida.

ELESPECTADOR.COM
Política
http://www.elespectador.com/noticias/politica/articulo-373347-beneficios-tributarios-empresas-contraten-mayores-de-50-anos


Política |7 Sep 2012 - 4:47 pm

Desempleo en Colombia

Beneficios tributarios a empresas que contraten mayores de 50 años

Por: Elespectador.com

Así lo establece un proyecto de ley llamado 'Ley de Segundo Empleo' que inició trámite en el Senado.

El Congreso de la República inició trámite de un proyecto de ley para facilitar el acceso laboral a los hombres y mujeres mayores de 50 años.
En medio de los líos de muchos colombianos para acceder a un empleo después de los 50 años, ahora en el Senado empezará a tramitarse la llamada ‘Ley de Segundo Empleo’.
El senador Armando Benedetti, autor de la iniciativa, dijo que deben darse beneficios tributarios a las empresas que contraten a los colombianos adultos.
“El objeto es la generación, promoción y estabilidad de empleo para adultos cuya edad dificulta acceso al mercado laboral o su permanencia, implementando para ello instrumentos eficaces, haciendo uso de medidas afirmativas, con el propósito de lograr la inserción y reinserción para este grupo de personas”, explicó.
La ley está destinada a mujeres que se encuentran dentro del rango de edad de 50 y 60 años, y hombres entre 55 y 65. Sin embargo, no será objeto de ésta quienes perciban simultáneamente otra prerrogativa asistencial entiéndase pensión o asignación de retiro.
Los incentivos
Dentro de los incentivos habrá descuento en el Impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina.
“Los empleadores que vinculen laboralmente a empleados que al momento del inicio del contrato de trabajo se encuentre dentro del rango de edad al que se refiere el artículo 2 de la presente norma, podrán tomar los aportes al SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, así como el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del FOSYGA y el aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima correspondientes a los nuevos empleos, como descuento tributario para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios”, cita el proyecto.

  • Elespectador.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario