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I PARTE ABOGADOS SANCIONADOS EN COLOMBIA
Consejo Superior de la Judicatura
Sala Administrativa
Oficina de Comunicaciones
Presidencia
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038-10
SANCIONADOS 70 ABOGADOS Y FUNCIONARIOS
JUDICIALES POR FALTAS DISCIPLINARIAS
Bogotá D.C. 23 de agosto de 2010.- La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo
Superior de la Judicatura sancionó disciplinariamente a 54 abogados, dos Fiscales, 13
Jueces de la República y un magistrado de Tribunal Superior de Distrito Judicial en
decisiones adoptadas entre octubre de 2009 y abril de 2010.
A continuación un resumen de las decisiones de los Magistrados de la Sala Jurisdiccional
Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura:
Con ponencia de la Presidenta de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
de la Judicatura, Magistrada Julia Emma Garzón de Gómez, fueron sancionados: Con
suspensión por el término de un (1) mes en el ejercicio del cargo, mutación de la anterior
sanción a multa por su equivalente al salario del funcionario al momento de los hechos, la
Juez Segunda Laboral del Circuito de Quibdo (Chocó), ANA MARÍA VARGAS PRADO,
por falta a la ética como funcionario y la Juez Cuarta Civil Municipal de Pasto, DAYRA
ELVIRA ERASO ERASO, por falta a los deberes de los funcionarios y empleados.
También con suspensión en el ejercicio del cargo por un mes fue sancionada la Fiscal 21
Especializada de la Unidad Nacional Antinarcóticos e Interdicción Marítima “UNAIM” de
Bogotá, CONSUELO ALEXANDRA MONTAÑEZ DUEÑAS, al haber actuado en
contravía de los deberes funcionales.
Con suspensión para el ejercicio de su profesión por el término de tres (3) años y multa de 14
salarios mínimos mensuales legales vigentes, fue sancionado el abogado del Cesar JOSÉ LUIS
BARROS CORRALES, por faltas a la honradez. Con sanción de un (1) año de suspensión el
abogado de Santander CARLOS JULIO ÁLVAREZ CONDE, por faltas a la honradez.
Igualmente fue sancionado con suspensión por el término de cinco (5) meses la abogada de
Santander LEXIA DOLORES JIMÉNEZ HERNANDEZ, por falta a la debida diligencia
profesional y faltas a la lealtad con el cliente. Con suspensión por tres (3) meses el abogado
de Cundinamarca JORGE ARMANDO YAYA MARTÍNEZ, por falta a la debida diligencia
profesional.
Con suspensión en el ejercicio de la profesión por el término de dos (2) meses la Sala
Disciplinaria sancionó al abogado de Cundinamarca JORGE LUIS NIGRINIS DE LA HOZ,
por falta a la debida diligencia profesional; el abogado de Cundinamarca NELSON RODOLFO
CÁRDENAS SALAZAR, por faltas a la honradez; el abogado de Sucre GERMÁN JOSÉ
VERBEL VERGARA, por faltas contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del
Estado; la abogada del Atlántico ANA INMACULADA FONTALVO CAMPO, por faltas a la
honradez; el abogado de Cundinamarca EDUARDO NARANJO MUÑOZ, por faltas a la
honradez y el abogado del Atlántico ROGER FAJARDO CARDOZO, por faltas a la honradez.
La Sala impuso sanción de censura a la abogada del Valle de Cauca ANA LUCIA
VILLEGAS SALAZAR, por falta a la debida diligencia profesional; el abogado de
Cundinamarca WILLIAM GUTIÉRREZ PÉREZ, por faltas contra la debida diligencia
profesional; el abogado de Cundinamarca GERMÁN ALBERTO HERRERA RIVEROS, por
faltas contra la debida diligencia profesional y la abogada de Cundinamarca RUBIA
HILDA PARDO DE BARAJAS, por faltas a la debida diligencia profesional.
Con sanción de multa de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes fue sancionado
el abogado del Meta WINSTON HERMINSUL RUBIO SEGURA, por falta contra la
debida diligencia profesional.
Con ponencia del Vicepresidente de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del ConsejoSuperior de la Judicatura, Magistrado Henry Villarraga Oliveros, fueron sancionados con
suspensión en el ejercicio de la profesión: por un (1) mes el Juez 3º Penal del Circuito de
Palmira (Valle del Cauca) JUDAS JAIRO SANTA PARRA, por incumplimiento de los
deberes de los funcionarios y empleados; con amonestación el Juez 3º de Familia de
Ibagué ÁLVARO BURITICÁ RAMÍREZ, por falta a los deberes de los funcionarios y
empleados.
Con suspensión por el término de dos (2) meses fue sancionado el abogado de
Cundinamarca CÉSAR AUGUSTO CARDONA GAVIRIA, por falta a la debida diligencia
profesional y el abogado de Boyacá EDGAR ROBERTO BARRERA ROSAS, por falta a la
debida diligencia profesional.- 3
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Con censura los abogados de Cundinamarca MILLER SUAZA CALDERÓN, por falta a la
debida diligencia profesional; CARLOS ERNESTO GONZALEZ CORREDOR, por faltar al
respeto debido a la administración de justicia y CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ CARO,
por falta a la debida diligencia profesional.
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
de la Judicatura José Ovidio Claros Polanco, fueron sancionados: Con destitución e
inhabilidad general por el término de 10 años la Fiscal Quinta Especializada de Santa
Marta ASTRID ISABEL CHARRIS BERMÚDEZ, por falta a los deberes de los
funcionarios y empleados; con suspensión por dos (2) meses el Juez Primero Penal del
Circuito de Santa Marta CARLOS JULIO ZAGARRA SILVA, por incumplimiento de los
deberes de los funcionarios y empleados; con suspensión por un (1) mes, la Juez Cuarta
Civil Municipal de Neiva MARÍA MERCEDES FALLA YEPES, por incumplimiento de los
deberes de los funcionarios y empleados y con multa equivalente a un mes de salario al
momento del retiro del cargo, el ex Juez Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá
BERNARDO MORALES CASAS, por incumplimiento de los deberes de los funcionarios y
empleados.
Igualmente fue sancionado con suspensión en el ejercicio de la profesión por el término
de dos años el abogado de Nariño HUGO GILBERTO RUIZ OTAYA, por faltas contra la
recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado; con suspensión de cuatro (4)
meses el abogado de Santander JORGE ALBERTO TORRES RODRÍGUEZ, por faltas a
la honradez del abogado.
Con dos (2) meses de suspensión en el ejercicio de la profesión fueron sancionados los
abogados: del Valle del Cauca IVÁN DE JESÚS OLAYA OROZCO, por faltas a la
honradez y del Cauca ÁLVARO CALVACHE ROJAS, por faltas a la honradez del
abogado. Con tres (3) meses de suspensión el abogado del Atlántico RAMIRO ALFONSO
JIMÉNEZ CARO, por faltas a la honradez del abogado.
Con la misma ponencia fueron sancionados con censura el abogado del Valle del Cauca
JUÁN CARLOS CASTILLO GUTIÉRREZ, por falta a la debida diligencia profesional; el
abogado de Cundinamarca ALFONSO CHAMIÉ MAZZILLI, por falta a la lealtad debida
a la administración de justicia; el abogado del Huila MARIO ANDRÉS OLIVEROS
TINOCO, por falta de lealtad con el cliente; el abogado de Tolima HERNANDO
ÁLVAREZ URUEÑA, por falta a la debida diligencia profesional; el abogado de- 4
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Cundinamarca JUAN CARLOS BERNAL PARRA, por faltas al respeto debido a la
administración de justicia, las injurias y las acusaciones temerarias contra los
funcionarios y el abogado de Cundinamarca MANUEL ALBERTO CORTÉS BOHÓRQUEZ,
por falta a la diligencia profesional.
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
de la Judicatura Pedro Alonso Sanabria Buitrago, fueron sancionados: Con exclusión en el
ejercicio de la profesión, el abogado de Bolívar JULIO CÉSAR SANTAMARÍA LÓPEZ,
por faltas a la honradez; con suspensión por seis (6) meses el abogado de Valle del Cauca
JIMMY ARCADIO SALAZAR VILLARREAL, por faltas a la honradez del abogado; la
abogada de Cundinamarca ZULEIMA ALICIA CASTILLO ARIZA, por faltas a la
honradez del abogado. Con suspensión por cuatro (4) meses fue sancionado el abogado de
Cundinamarca JAIME RESTREPO RINCÓN, por faltas a la honradez y con suspensión
por tres (3) meses el abogado de Santander LEONARDO PINZÓN PACHÓN, por falta a
la debida diligencia profesional.
Asimismo fueron sancionados con censura los abogados: de Nariño LUIS ALFREDO
CASTRO ZAMBRANO, por faltas contra el respeto debido a la administración de
justicia, las injurias y las acusaciones temerarias contra los funcionarios y del Meta
ISMIN RODRIGO ROA ROMERO, por faltas contra la lealtad debida a la administración
de justicia y faltas a la honradez.
Con amonestación fue sancionada la Magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior de
Medellín MARÍA EUCLIDES PUERTA MONTOYA, por faltar al respeto a una
funcionaria judicial.
La Sala también ordenó la apertura formal de investigación disciplinaria en contra del
Juez 1º Laboral del Circuito de Quibdo FRANCISCO ANTONIO MENA CASTILLO,
quien con sus reiterados embargos a los recursos del ente territorial, ha afectado las
cuentas de participación y transferencias contrariando la Ley;
Con ponencia de la Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
de la Judicatura María Mercedes López Mora, fueron sancionados con suspensión: Por
seis (6) meses la abogada de Cundinamarca DIANA PATRICIA VÁSQUEZ LONDOÑO,
por falta a la debida diligencia profesional; el abogado de Santander HUGO JAVIER
FERREIRA MEJÍA, por faltas a la honradez y los abogados de Risaralda Mauricio Gallo
Caro y Lida Salazar Rivera, por faltas a la honradez.- 5
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Por dos (2) meses la abogada de Santander OFELIA GUIZA SAAVEDRA, por faltas a la
honradez; el abogado del Huila HERNANDO GONZÁLEZ SOTO, por falta a la
honradez.
Con censura fueron sancionados los abogados: de Cundinamarca Jesús Antonio Peña
Montaña, por falta a la debida diligencia profesional; del Valle del Cauca Francisco
Gonzalo Cortés Hidrovo, por falta a la debida diligencia profesional; de Santander
JAIRO MANUEL GALINDO VALDIVIESO, por falta a la debida diligencia profesional;
de Cundinamarca JORGE ENRIQUE SÁNCHEZ QUINTERO, por faltas contra lalealtad debida a la administración de justicia y de Santander RAFAEL ANTONIO
ARDILA RÍOS, por faltas a la honradez.
Fue removido del cargo el Juez de Paz de la Comuna 3 de Dosquebradas (Risaralda)
Carlos Arturo Grajales Ospina, por atentar contra las garantías y derechos
fundamentales u observado una conducta censurable que afecte la dignidad del cargo y con
suspensión en el ejercicio del cargo por el término de doce (12) meses fue sancionado el
Juez Segundo Promiscuo de Familia del Circuito de El Espinal (Tolima), LUIS ALBERTO
VILLAMARÍN ACEVEDO, por incurrir en prohibiciones a los funcionarios y empleados de
la Rama Judicial de “realizar en el servicio o en la vida social actividades que puedan
afectar la confianza del público u observar una conducta que pueda comprometer la
dignidad de la administración de justicia”.
Con ponencia de la Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
de la Judicatura Nancy Ángel Müller, fue sancionado con suspensión de dos (2) meses el
abogado de Cundinamarca ÁNGEL OCTAVIO MUÑOZ CUBILLOS, por faltas a la
honradez y con censura la abogada de Antioquia ADELA PATRICIA MARTÍNEZ
BILBAO, por faltas a la honradez.
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
de la Judicatura Angelino Lizcano Rivera, fue sancionada con amonestación escrita la
Juez Primera Laboral del Circuito de Pereira (Risaralda), AMPARO RENGIFO
SANTIBAÑEZ, por incumplimiento de los deberes de los funcionarios y empleados y con
censura fue sancionado el abogado del Magdalena CARLOS ANTONIO SOCARRÁS
BAUTE, por faltas a la lealtad profesional.
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
de la Judicatura Jorge Armando Otálora Gómez, fueron sancionados: Con suspensión en
el ejercicio del cargo por el término de siete (7) meses e inhabilidad especial por el- 6
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mismo término, el Juez Promiscuo del Circuito de El Carmen de Bolívar JOSÉ LUCIANO
ESPAÑA TOBAR, por incumplimiento de los deberes de funcionarios y empleados y con
suspensión provisional el Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de
Cali, HÉCTOR ARMANDO CAICEDO PAZMIÑO, por irregularidades en la concesión del
beneficio de varias prisiones domiciliarias en procesos a cargo del citado despacho
judicial.
Con suspensión por seis (6) meses fue sancionado el abogado de Cundinamarca CÉSAR
OVIDIO ARCINIEGAS CUELLAR, por faltas contra la lealtad debida a la
administración de justicia y faltas de lealtad con el cliente y con censura fue sancionado
el abogado de Caldas CARLOS EDUARDO LONDOÑO CASTAÑO, por faltas a la
honradez.
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