viernes, 22 de abril de 2011

Preparado por el Doctor Victor Salazar V.-.MM.-. Grado 33

MASONES DE LA LENGUA ESPAÑOLA NUEVA YORK



Doctor VICTOR SALAZAR  ESCRITOR, PERIODISTA E INVESTIGADOR EN EL PERU
Posted: 21 Apr 2011 11:46 AM PDT
Psicología y vida By Richard J. Gerrig, Philip G. Zimbardo
psicologia subliminal su aplicacion  - ver libros

Este es un tema muy importante que algunas empresas utilizan para afectar el subconciente de las personas
Victor Salazar



Marketing y publicidad subliminal: fundamentos y aplicaciones By Jaime Rivera Camino



Este es un tema muy importante que algunas empresas utilizan para afectar el subconciente de las personas

Cómo Se Aplica El Secreto de Lo Subliminal 

Cuando se aplica este secreto sin lucidez, es decir que no se ha penetrado en la mente subconsciente se puede manifestar lo que no es benéfico en nuestras vidas, como energía negativa, accidentes, enfermedades, malas relaciones y patrones contraproducentes de los que parece que no hay escapatoria.

Cuando me preguntan, Sensei cómo es posible esto? Como podría estar atrayendo y generando esto en mi vida?

Para entenderlo quiero que reflexiones, si alguna vez has salido de tu casa o tu oficina y al conducir tu automóvil o carro o caminando hacia tu destino, te has perdido en pensamientos o ensoñaciones, tal vez piensas que es lo que te sucedió en el trabajo, o una discusión en tu casa, o estas pensando en que ropa vas a ponerte para ver a tu pareja, etc. Y puedes perderte en otros pensamientos mientras conduces o caminas hacia tu destino.

Y antes de que te des cuenta ya llegaste al destino, condujiste o caminaste por el camino correcto, deteniéndose en cada señal de pare sin estar consciente de lo que hacías, ¿Quién hacia todo esto por usted mientras estabas en otro mundo?

¡Tu subconsciente! Este fue programado mediante la práctica y la repetición de un hábito. Este mismo subconsciente que te trajo a su destino correctamente, si la información que contiene es tóxica, y está influenciado por violencia, malas noticias, accidentes, muertes puede estar mal programado y atraer este tipo de situaciones.

Y si yo te dijera que puedes programarlo para la prosperidad, la felicidad, el dinero, la riqueza, etc. ?

Un error muy común de los que practican la ley de atracción y han leído el secreto (The secret), creen que todo lo que visualizan se materializa, y esto es gran error.

Lo que activa la ley de atracción son los pensamientos dominantes subconscientes repetitivos, combinados con una fuerte emoción que impacte desde el subconsciente a la mente lógica y consciente.

El secreto reside en impactar con la emoción a tu subconsciente para poder reprogramarlo hacia la prosperidad, la felicidad y la abundancia, sino creas esa emoción en tu mente consciente no podrás penetrar tu subconsciente y tu vida siempre se manifestara como una rueda repetitiva de eventos sin cambios, siempre volverás a repetir las mismas experiencias, solo que cambiaran las personas.

Como primera medida debes dominar tu mente consciente con la fuerza de voluntad, hará todo lo posible por boicotearte tu cambio porque esa es la información con la que está programada, ahora debes cuidarte de que nadie afecte tu subconsciente con información o basura tóxica.

Luego impresiona a tu subconsciente con información relacionada con el cambio que estas dispuesto a dar en tu nueva programación, música motivante, libros, todo lo referente al bienestar y la prosperidad, aléjate de lo negativo y de la gente que se queja continuamente.

Y veras como tu vida comienza a cambiar !!
Posted: 21 Apr 2011 07:28 AM PDT

Acta del 19 de abril de 1810

De Venciclopedia


19 de abril de 1810 por Juan Lovera.
El Acta del 19 de abril de 1810 es el documento que redactó el Cabildo de Caracas tras la sesión extraordinaria que terminó con la renuncia deVicente Emparan como Capitán General e inicio la emancipación de Venezuela. La sesión se realizó en en el Ayuntamiento de Caracas (hoy Casa Amarilla) y había sido organizada para convencer a Emparan de presidir una junta de gobierno en rechazo a la ocupación napoleónica de España. Esto fue en vano y terminó con el establecimiento del gobierno que un año más tarde declararía la independencia. El acta está firmada por los asistentes al Cabildo de ese día, y actualmente está en un arca en la Capilla Santa Rosa de Lima, en el Palacio Municipal de Caracas. A veces es confundida con el Acta de Declaración de Independencia, que no fue firmada hasta el 5 de julio de 1811 y está en exhibición en la Asamblea Nacional (al menos en facsímil).

 Acta

Texto de la reproducción de la Biblioteca virtual Miguel de Cervantes.
Ver también: Acta del 5 de julio de 1811
Ver también: Guerra de Independencia de Venezuela
En la ciudad de Caracas a 19 de abril de 1810, se juntaron en esta sala capitular los señores que abajo firmarán, y son los que componen este muy ilustre Ayuntamiento, con motivo de la función eclesiástica del día de hoy, Jueves Santo, y principalmente con el de atender a la salud pública de este pueblo que se halla en total orfandad, no sólo por el cautiverio del señor Don Fernando VII, sino también por haberse disuelto la junta que suplía su ausencia en todo lo tocante a la seguridad y defensa de sus dominios invadidos por el Emperador de los franceses, y demás urgencias de primera necesidad, a consecuencia de la ocupación casi total de los reinos y provincias de España, de donde ha resultado la dispersión de todos o casi todos los que componían la expresada junta y, por consiguiente, el cese de sus funciones.
Y aunque, según las últimas o penúltimas noticias derivadas de Cádiz, parece haberse sustituido otra forma de gobierno con el título de Regencia, sea lo que fuese de la certeza o incertidumbre de este hecho, y de la nulidad de su formación, no puede ejercer ningún mando ni jurisdicción sobre estos países, porque ni ha sido constituido por el voto de estos fieles habitantes, cuando han sido ya declarados, no colonos, sino partes integrantes de la Corona de España, y como tales han sido llamados al ejercicio de la soberanía interina, y a la reforma de la constitución nacional; y aunque pudiese prescindirse de esto, nunca podría hacerse de la impotencia en que ese mismo gobierno se halla de atender a la seguridad y prosperidad de estos territorios, y de administrarles cumplida justicia en los asuntos y causas propios de la suprema autoridad, en tales términos que por las circunstancias de la guerra, y de la conquista y usurpación de las armas francesas, no pueden valerse a sí mismos los miembros que compongan el indicado nuevo gobierno, en cuyo caso el derecho natural y todos los demás dictan la necesidad de procurar los medios de su conservación y defensa; y de erigir en el seno mismo de estos países un sistema de gobierno que supla las enunciadas faltas, ejerciendo los derechos de la soberanía, que por el mismo hecho ha recaído en el pueblo, conforme a los mismos principios de la sabia Constitución primitiva de España, y a las máximas que ha enseñado y publicado en innumerables papeles la junta suprema extinguida.
Para tratar, pues, el muy ilustre Ayuntamiento de un punto de la mayor importancia, tuvo a bien formar un cabildo extraordinario sin la menor dilación, porque ya pretendía la fermentación peligrosa en que se hallaba el pueblo con las novedades esparcidas, y con el temor de que por engaño o por fuerza fuese inducido a reconocer un gobierno ilegítimo, invitando a su concurrencia al señor Mariscal de Campo don Vicente de Emparan, como su presidente, el cual lo verificó inmediatamente, y después de varias conferencias, cuyas resultas eran poco o nada satisfactorias al bien público de este leal vecindario, una gran porción de él congregada en las inmediaciones de estas casas consistoriales, levantó el grito, aclamando con su acostumbrada fidelidad al señor Don Fernando VII y a la soberanía interina del mismo pueblo; por lo que habiéndose aumentado los gritos y aclamaciones, cuando ya disuelto el primer tratado marchaba el cuerpo capitular a la iglesia metropolitana, tuvo por conveniente y necesario retroceder a la sala del Ayuntamiento, para tratar de nuevo sobre la seguridad y tranquilidad pública.
Y entonces, aumentándose la congregación popular y sus clamores por lo que más le importaba, nombró para que representasen sus derechos, en calidad de diputados, a los señores doctores don José Cortés de Madariaga, canónigo de merced de la mencionada iglesia; doctor Francisco José de Rivas, presbítero; don José Félix Sosa y don Juan Germán Roscio, quienes llamados y conducidos a esta sala con los prelados de las religiones fueron admitidos, y estando juntos con los señores de este muy ilustre cuerpo entraron en las conferencias conducentes, hallándose también presentes el señor don Vicente Basadre, intendente del ejército y real hacienda, y el señor brigadier don Agustín García, comandante subinspector de artillería; y abierto el tratado por el señor Presidente, habló en primer lugar después de su señoría el diputado primero en el orden con que quedan nombrados, alegando los fundamentos y razones del caso, en cuya inteligencia dijo entre otras cosas el señor Presidente, que no quería ningún mando, y saliendo ambos al balcón notificaron al pueblo su deliberación; y resultando conforme en que el mando supremo quedase depositado en este Ayuntamiento muy ilustre, se procedió a lo demás que se dirá, y se reduce a que cesando igualmente en su empleo el señor don Vicente Basadre, quedase subrogado en su lugar el señor don Francisco de Berrío, fiscal de Su Majestad en la real audiencia de esta capital, encargado del despacho de su real hacienda; que cesase igualmente en su respectivo mando el señor brigadier don Agustín García, y el señor don José Vicente de Anca, auditor de guerra, asesor general de gobierno y teniente gobernador, entendiéndose el cese para todos estos empleos; que continuando los demás tribunales en sus respectivas funciones, cesen del mismo modo en el ejercicio de su ministerio los señores que actualmente componen el de la real audiencia, y que el muy ilustre Ayuntamiento, usando de la suprema autoridad depositada en él, subrogue en lugar de ellos los letrados que merecieron su confianza; que se conserve a cada uno de los empleados comprendidos en esta suspensión el sueldo fijo de sus respectivas plazas y graduaciones militares; de tal suerte, que el de los militares ha de quedar reducido al que merezca su grado, conforme a ordenanza; que continúen las órdenes de policía por ahora, exceptuando las que se han dado sobre vagos, en cuanto no sean conformes a las leyes y prácticas que rigen en estos dominios legítimamente comunicadas, y las dictadas novísimamente sobre anónimos, y sobre exigirse pasaporte y filiación de las personas conocidas y notables, que no pueden equivocarse ni confundirse con otras intrusas, incógnitas y sospechosas; que el muy ilustre Ayuntamiento para el ejercicio de sus funciones colegiadas haya de asociarse con los diputados del pueblo, que han de tener en él voz y voto en todos los negocios; que los demás empleados no comprendidos en el cese continúen por ahora en sus respectivas funciones, quedando con la misma calidad sujeto el mando de las armas a las órdenes inmediatas del teniente coronel don Nicolás de Castro y capitán don Juan Pablo de Ayala, que obrarán con arreglo a las que recibieren del muy ilustre Ayuntamiento como depositario de la suprema autoridad; que para ejercerla con mejor orden en lo sucesivo, haya de formar cuanto antes el plan de administración y gobierno que sea más conforme a la voluntad general del pueblo; que por virtud de las expresadas facultades pueda el ilustre Ayuntamiento tomar las providencias del momento que no admitan demora, y que se publique por bando esta acta, en la cual también se insertan los demás diputados que posteriormente fueron nombrados por el pueblo, y son el teniente de caballería don Gabriel de Ponte, don José Félix Ribas y el teniente retirado don Francisco Javier Ustáriz, bien entendido que los dos primeros obtuvieron sus nombramientos por el gremio de pardos, con la calidad de suplir el uno las ausencias del otro, sin necesidad de su simultánea concurrencia.
En este estado notándose la equivocación padecida en cuanto a los diputados nombrados por el gremio de pardos se advierte ser sólo el expresado don José Félix Ribas. Y se acordó añadir que por ahora toda la tropa de actual servicio tenga prest y sueldo doble, y firmaron y juraron la obediencia a este nuevo gobierno.
Vicente de Emparan; Vicente Basadre; Felipe Martínez y AragónAntonio Julián ÁlvarezJosé Gutiérrez del Rivero; Francisco de Berrío;Francisco Espejo; Agustín García; José Vicente de AncaJosé de las LlamosasMartín Tovar PonteFeliciano Palacios; J. Hilario Mora; Isidoro Antonio López Méndez; licenciado Rafael GonzálezValentín de RivasJosé María BlancoDionisio PalaciosJuan AscanioPablo Nicolás GonzálezSilvestre Tovar Liendo; doctor Nicolás AnzolaLino de Clemente; doctor José Cortés, como diputado del clero y del pueblo; doctor Francisco José Rivas, como diputado del clero y del pueblo; como diputado del pueblo, doctor Juan Germán Roscio; como diputado del pueblo, doctor Félix Sosa; José Félix Ribas; Francisco Javier Ustáriz; fray Felipe Mota, prior; fray Marcos Romero, guardián de San Francisco; fray Bernardo Lanfranco, comendador de la Merced; doctor Juan Antonio Rojas Queipo, rector del seminario; Nicolás de Castro; Juan Pablo Ayala; Fausto Viaña, escribano real y del nuevo Gobierno; José Tomás Santana, secretario escribano.
Publicación del Acta del Ayuntamiento
En el mismo día, por disposición de lo que se manda en el acuerdo que antecede, se hizo publicación de éste en los parajes más públicos de esta ciudad, con general aplauso y aclamaciones del pueblo, diciendo: ¡Viva nuestro rey Fernando VII, nuevo Gobierno, muy ilustre Ayuntamiento y diputados del pueblo que lo representan! Lo que ponemos por diligencia, que firmamos los infrascritos escribanos de que damos fe.
Viaña, Santana

No hay comentarios:

Publicar un comentario