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Comentario del Director: Al parecer existen ya conflictos al interior de la U y se esta aclarando, con lo sucedido en la Elección de Mesa Directiva de la Honorable Asamblea Departamental.
La pregunta que nos hacemos los Ciudadanos de Risaralda es: "Que tan bueno existe al interior de la Duma Departamental? Disponer del Presupuesto interno, Ajustar Pensiones, Pagar Favores politicos, dar garrote a los no alineados, Favorecer a la comunidad con proyectos de Ley, buscando el Desarrollo Social Integral, o simplemente cerrarle el paso a un Diputado, que "Dice la verdad, expone de frente su pensar, no traga entero".???
Ahora, la ansiedad desmedida de poder se ve claramente en la actitud del Diputado: FERNAN CAICEDO y su equipo, si ya ostento el cargo de PRIMER VICE PRESIDENTE, para que se presto, para cerrarle el paso al Candidato a ocupar la Presidencia según los pactos politicos y acuerdos, internos en la U ???
Todos estos hechos no santos ni aceptados en la Base Humilde que vota, estan siendo analizados para sacarlos en un futuro inmediato, cuando se este en plena elección.
Política
http://www.latarde.com/noticias/politica/103967-mesa-directiva-de-la-asamblea-para-2013-seria-demandada
Miércoles 14 de Noviembre de 2012 - 12:01 AM
Mesa directiva de la Asamblea para 2013 sería demandada
El presidente electo de la Asamblea Departamental, Fernán Caicedo, habló con LaTarde, ante un rumor que se generó sobre una posible demanda ante el Tribunal Contencioso por la elección de la mesa directiva de la Asamblea para el año 2013
El presidente electo de la Asamblea Departamental, Fernán Caicedo, habló con LaTarde, ante un rumor que se generó sobre una posible demanda ante el Tribunal Contencioso por la elección de la mesa directiva de la Asamblea para el año 2013.La misma sería instaurda porque en el reglamento interno (permite la reelección de la mesa directiva) pero la ley La Ley 5 de 1992 y la ley 136 de 1994) lo prohíbe, lo que tumbaría la elección, ya que Caicedo es en la actualidad, vicepresidente primero. El diputado Caicedo resaltó que todo ciudadano está en su derecho de estar inconforme o en desacuerdo con la elección de la mesa directiva de la Asamblea “ojalá desde la parte legal se puedan aclarar todas las dudas para que exista una tranquilidad política”, dijo con tranquilidad el electo presidente.
La normaExplicó que el estatuto, reglamenta reuniones y funcionamiento del Senado y el Congreso de la República en pleno, norma que no comprende dentro de su ámbito de aplicación a las entidades coadministrativas denominadas Asambleas Departamentales y Concejos Municipales. En cuanto a la Ley 136 de 1994, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios, contempla claramente la prohibición de reelección de dignatarios de la mesa directiva de los Concejos Municipales, esto en razón a que dicha ley comprende en su ámbito de aplicación única y exclusivamente a las entidades del orden municipal, por lo cual la Asamblea escapa a su esfera de regulación, señaló Caicedo.La Asamblea mediante la Ordenanza N° 030 de 2008 en su artículo 15 dispuso la posibilidad de la mesa directiva sea reelegida, lo anterior en ejercicio de la autonomía administrativa que la Constitución otorga no solo al departamento sino a las Asambleas.Cualquier interpretación es contraria a los principios constitucionales orientadores de la actividad administrativa, especialmente el de la descentralización, puntualizó
La normaExplicó que el estatuto, reglamenta reuniones y funcionamiento del Senado y el Congreso de la República en pleno, norma que no comprende dentro de su ámbito de aplicación a las entidades coadministrativas denominadas Asambleas Departamentales y Concejos Municipales. En cuanto a la Ley 136 de 1994, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios, contempla claramente la prohibición de reelección de dignatarios de la mesa directiva de los Concejos Municipales, esto en razón a que dicha ley comprende en su ámbito de aplicación única y exclusivamente a las entidades del orden municipal, por lo cual la Asamblea escapa a su esfera de regulación, señaló Caicedo.La Asamblea mediante la Ordenanza N° 030 de 2008 en su artículo 15 dispuso la posibilidad de la mesa directiva sea reelegida, lo anterior en ejercicio de la autonomía administrativa que la Constitución otorga no solo al departamento sino a las Asambleas.Cualquier interpretación es contraria a los principios constitucionales orientadores de la actividad administrativa, especialmente el de la descentralización, puntualizó
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