viernes, 8 de junio de 2012

DECRETO 890-2008 MODULOS INFORMATIVO NO- 15

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15
Decreto 890-2008 
08 - junio 07-2012
MODULOS INFORMATIVOS
Secretaria de Desarrollo Social y Político
ALEXANDER GRANADOS
Secretario.
Comentario del Secretario:
Estos módulos tienen como fin, lograr que los Asociados a las juntas de Acción Comunal, se enteren, de todos los Derechos, que la Legislación Comunal les confiere, y que existe un Órgano de Vigilancia Control e Inspección, que velara de acuerdo a su competencia, para que dichos Derechos no se vulneren, aplicando los correctivos preventivos.
Este Órgano de Vigilancia Control e Inspección, se ejerce por intermedio del Área de GESTIÒN COMUNITARIA, quien tiene en su organigrama los Gestores Sociales, área que depende en línea directa del Secretario de Desarrollo Social y Político.

Decreto 890 del año 2008
Por el cual se reglamenta parcialmente, la Ley 743 del año 2002
LEGISLACIÒN ESPECIAL DE ACCIÒN COMUNAL EN COLOMBIA
SUR AMERICA.
Finalidades de la vigilancia, inspección y control
Artículo 2°. Finalidades de la vigilancia. La vigilancia tiene las siguientes finalidades:
1. Velar porque las organizaciones comunales apliquen en todos sus trámites y actuaciones los principios que rigen la ley comunal, de acuerdo con lo señalado en los artículos 3° y 20 de la Ley 743 de 2002.
2. Velar porque se respeten los derechos de los afiliados a las organizaciones comunales y cumplan con sus deberes.
3. Velar porque la organización tenga sus estatutos actualizados.
4. Velar porque se conformen los cuadros directivos.
5. Velar por el cumplimiento de las funciones de los distintos órganos de la organización comunal.
6. Velar porque los procesos que tengan a su cargo las organizaciones comunales se realicen de acuerdo con el procedimiento establecido y respetando los derechos de los afiliados.
7. Velar por la conservación del patrimonio de la organización comunal.
8. Velar porque la organización tenga un plan de trabajo anual para cada órgano.
9. Velar porque los diferentes órganos de las organizaciones comunales rindan informes semestrales de gestión a sus afiliados.
10. Promover actividades con los afiliados encaminadas a sensibilizarlos para que participen activamente en el mejoramiento de la organización

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