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Comentario:
Los Jueces de Paz y De Reconsideraciòn, llevan solicitando ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Risaralda, mas de SEIS (6) meses, todo lo relacionado con la operatividad de los Juzgados, la expedición de su Tarjeta Profesional, la Certificaciòn de la Calidad de Póliza ( SEGURO DE VIDA) Cuantía y Exigibilidad y hasta el presente no HAY NINGUNA RESPUESTA POSITIVA, lo único que se limitan a decirle a los Jueces de Paz y de reconsideracion es: " USTEDES NO ESTÁN CODIFICADOS,BOGOTA NO TRAMITA NADA, Es que su Vice Presidente( AJUPER ) es muy conflictivo, no lo traigan a nuestro despacho.. Conflictivo por conocer la Ley y reclamar los justos derechos de los Asociados???
Entonces la pregunta seria: Si la Justicia Especial de Paz, ayuda en mucho a la descongestiòn de los Juzgados y a la Sana Resoluciòn de la conflictividad en Pereira y Risaralda, por que??? no se les Atiende como debe ser y se les reconoce todo lo que por Ley tienen derecho, y si los Consejos Seccionales de la Judicatura son los encargados de administrar por que??? no Codificaron a tiempo los Despachos Judiciales de Jueces de Paz y de Reconsideraciòn en cada Departamento o Municipio de colombia donde funcionan bien como es el caso de Pereira y Risaralda???
Si lo anterior es una pequeña muestra de la inoperancia de la forma de administrar de algunos Consejos Seccionales de la Judicatura en colombia, entonces si estaremos de acuerdo con su Desapariciòn...
Pereira, Domingo, 17 de Junio del 2012
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"Acabar con consejo de la judicatura": mala decisión
El proyecto de reforma a la justicia fue aprobado por la Cámara de Representantes y a la iniciativa solo le resta la conciliación con el Senado y la sanción presidencial.
Tras la aprobación de la reforma a la justicia, el magistrado Jaime Robledo señala que lo que viene ahora es la elaboración de un decreto reglamentario que puede llevarse varios meses pero también tendría que, irse elaborando una ley estatutaria de administración judicial en el Congreso, que reemplazaría a la ley 270 de 1996, que la actual ley estatutaria de administración judicial y esto se llevaría mínimo una legislatura, es decir, 6 meses.
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