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Crisis de tutela, el daño colateral del caso Petro
Por:
REDACCIÓN JUSTICIA
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Desde diciembre pasado la plaza de Bolívar ha estado 'tomada' por seguidores del alcalde Gustavo Petro.
Foto: Archivo / EL TIEMPO
Los vientos de reforma de ese mecanismo de defensa de los derechos básicos vuelven a tomar fuerza.
“Al establecerse que no se
incurrió en vía de hecho en el fallo disciplinario y por no estar
probado que hubo violación de algún derecho fundamental, no es
procedente que el juez de tutela intervenga en controversias que deben
ser debatidas ante la autoridad judicial competente mediante las
acciones ordinarias pertinentes (...). Rechácese por improcedente la
acción de tutela interpuesta mediante apoderado judicial por el señor
Gustavo Petro Urrego”.
“Se concede como mecanismo transitorio el amparo de los derechos
constitucionales a elegir y ser elegido y al debido proceso del señor
José Calderón en calidad de ciudadano y agente oficioso del señor
Gustavo Petro. En consecuencia se ordena la inaplicación de los fallos
(de destitución) del 9 de diciembre y el 13 de enero mientras la
jurisdicción del contencioso administrativo resuelve en forma definitiva
su legalidad”.
Las dos decisiones, una en contravía de la otra, las tomaron
magistrados del mismo Tribunal, el de Cundinamarca, al decidir sendas
acciones de tutela sobre el mismo asunto: la destitución del Alcalde Mayor de Bogotá. (Lea también: Distrito sigue contratando con 'empresarios del complot').
Esa sanción y la inhabilidad para ocupar cargos públicos por 15 años
ya fueron notificadas por edicto en la Procuraduría y el próximo
miércoles se oficiará a la Casa de Nariño para que se proceda a nombrar
reemplazo.
Pero una vez ocurra eso el proceso entrará a la nevera por tiempo
indefinido, como efecto de centenares de tutelas entabladas por
partidarios del Alcalde en medio de una estrategia que fue bautizada por
ellos mismos como ‘tutelatón’. El plan, además de embolatar la salida
de Petro, tuvo el efecto colateral de poner al recurso de amparo en una
de sus peores crisis en sus 22 años de existencia, al punto de que
muchos analistas aseguran que será necesario llevarlo a cirugía. Es un
tema tabú que ha estado presente en todos los proyectos de reforma de la
justicia, pero que nunca había salido adelante. Hasta ahora.
Desde 1991, en el país se han entablado casi 5 millones de
tutelas con las que se ha logrado, por ejemplo, ampliar los servicios y
medicamentos incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y
el reconocimiento de derechos de la población gay. Es, de lejos, la
figura jurídica más reconocida por los colombianos y, coinciden todos
los expertos, la ‘joya de la corona’ de la Carta del 91.
Pero son también muchos los que señalan que la tutela se desbordó y
que hoy es el primer factor de inseguridad jurídica en Colombia. “Es sin
duda el gran logro de la nueva Constitución, pero se desnaturalizó y
terminó convertida en una nueva instancia judicial y disciplinaria”,
advierte el exministro Juan Carlos Esguerra, uno de sus ‘padres’ en la
Constituyente del 91.
Aunque se supone que solo debe ser usada para defender derechos
básicos cuando ya no existan otros mecanismos legales, la tutela ha dado
hasta para obligar al Estado a seguir con contratos dudosos, como uno
de 60.000 millones de pesos para equipos de seguridad del Inpec que,
cuatro años después, siguen inoperantes. La Sala Disciplinaria de la
Judicatura ordenó, vía tutela, hacer el negocio. La revisión de la Corte
Constitucional tumbó la decisión, que en su momento generó escándalo.
Esa Corte también tuvo que atajar una decena de tutelas concedidas por
la Judicatura que en el 2009 pretendieron tumbar los procesos de
‘parapolítica’ y la ‘Yidispolítica’ que adelantaba la Corte Suprema
contra congresistas y ministros.
Vientos de reforma
El caos jurídico generado alrededor de la destitución de Petro, sin
embargo, revivió un debate sobre la tutela que no se veía desde el
famoso ‘choque de trenes’ entre la Corte Constitucional, por un lado, y
la Suprema y el Consejo de Estado, por el otro, por su aplicación contra
las sentencias judiciales.
En varias propuestas que se están cocinando de reforma de la justicia, el tema aparece hoy como prioridad.
Este diario confirmó que en el Consejo de Estado toma fuerza de nuevo
la idea de impulsar una iniciativa para ‘ordenar’ el uso del recurso.
Abrir la puerta de una reforma legal o constitucional sobre esa
herramienta, no obstante, es una salida que muchos consideran peligrosa.
“Establecer algún tipo de restricción o impedimento en torno a la
tutela sería un retroceso en nuestro sistema democrático que podría
llegar a excluir las posibilidades de que las personas hagan valer sus
derechos”, dice el exmagistrado de la Corte Constitucional José Gregorio
Hernández.
El punto es que el caos jurídico generado por la ‘tutelatón’
ha terminado por darles munición jurídica a quienes señalan que hay un
abuso de la acción de tutela. La estrategia de inundar los
despachos con demandas casi calcadas había sido utilizada antes en casos
de pensiones o ayudas dudosas (las de la ayuda invernal, por ejemplo),
pero nunca habían llegado en masa defendiendo, al final, a una sola
persona y frenando indefinidamente los procesos en su contra.
El plan por ahora está dando resultados y ha conseguido que
magistrados seccionales avalen argumentos con pocos antecedentes en
Colombia. Así, aunque se trata de un mecanismo de protección de derechos
fundamentales que supuestamente solo puede ejercer el afectado o un
‘agente oficioso’ de la persona (o del grupo de personas) si está en
incapacidad de hacerlo, en el caso Petro los magistrados seccionales
concedieron tutelas entabladas por centenares de ciudadanos que dicen
que la destitución afecta sus derechos políticos.
El resultado es que en cualquier momento puede aparecer una nueva
tutela que frene una vez más el proceso de destitución. “Se necesita que
los jueces o consejos seccionales acumulen esas tutelas –dice el
exvicefiscal Francisco José Sintura– (...). Y hay que hacer una
regulación normativa que restrinja el abuso y que impida que se entablen
mil tutelas por el mismo asunto”.
La ‘tutelatón’ también ha puesto sobre el tapete el debate de hasta
dónde los jueces pueden ejercer su autonomía de interpretación en
asuntos que ya han sido resueltos por la máxima instancia en la materia,
que es la Corte Constitucional, y por el Consejo de Estado.
Así, puntos planteados en las tutelas como la facultad de la
Procuraduría para investigar y sancionar funcionarios, incluso los de
elección popular, fueron resueltos hace tiempo por ese tribunal en favor
del Ministerio Público. Lo propio ha pasado con la improcedencia de la
tutela para atacar destituciones, pues frente a ellas existen otros
mecanismos, como las demandas ante la justicia administrativa.
“Los precedentes constitucionales obligan. El Artículo 230 de la
Constitución les da a los jueces autonomía, pero no la facultad de
fallar de manera caprichosa y sin tener en cuenta la jurisprudencia y la
misma ley”, dice un magistrado de alta corte.
¿Llegó el momento de reformar la tutela? Gloria
María Borrero, directora de la Corporación Excelencia en la Justicia,
considera que sí es hora de ajustes, pero advierte que el tema debe ser
decidido por el próximo gobierno y Congreso.
“Este Congreso, que pervirtió la reforma de la justicia de hace dos
años, no tiene legitimidad para abordar el tema”, dice. Excelencia en la
Justicia trabaja desde el año pasado, con académicos, magistrados y
operadores judiciales, en su propuesta, que será entregada al ganador de
las presidenciales.
‘Recurso se salió de madre’: Juan Carlos Esguerra
El exministro y exconstituyente Juan Carlos Esguerra, uno de los
gestores de la acción de tutela en la Constitución del 91, asegura que,
aunque el desbordamiento de esa figura no es de ahora, la actual
coyuntura muestra que el recurso “se ha venido saliendo de madre y llegó
mucho más allá de lo que fue concebida”.
Esguerra advierte, sin embargo, que no se necesitan reformas legales
ni constitucionales para frenar el abuso, sino autorregulación de jueces
y hasta de las cortes.
REDACCIÓN JUSTICIA
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