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SENADOR CARLOS ENRIQUE SOTO JARAMILLO
Como persona es un Ciudadano, Como Senador es un hombre público y tiene ciertos Derechos Constitucionales como Congresista.
El Senador de la República de Colombia: CARLOS ENRIQUE SOTO JARAMILLO, por el Partido de la U DEMANDA PENALMENTE A TOÑO PUEBLO, por los presuntos Punibles de INJURIA Y CALUMNIA.(Información suministrada en el Periodico Primera Plana de la ciudad de Pereira)
LIBERTAD DE EXPRESION-Rasgos del ámbito constitucionalmente protegido
Se han distinguido ocho rasgos del ámbito constitucionalmente protegido
de la libertad de expresión: (1) su titularidad es universal sin
discriminación, compleja, y puede involucrar intereses públicos y colectivos,
además de los intereses privados del emisor de la expresión; (2) sin perjuicio
de la presunción de cobertura de toda forma de expresión por la libertad
constitucional, existen ciertos tipos específicos de expresión prohibidos; (3)
existen diferentes grados de protección constitucional de los distintos
discursos amparados por la libertad de expresión, por lo cual hay tipos de
discurso que reciben una protección más intensa que otros, lo cual a su vez
tiene directa incidencia sobre la regulación estatal admisible y el estándar de
control constitucional al que se han de sujetar las limitaciones; (4) protege
expresiones exteriorizadas mediante el lenguaje convencional, como las
manifestadas por medio de conducta simbólica o expresiva convencional o no
convencional; (5) la expresión puede efectuarse a través de cualquier medio
elegido por quien se expresa, teniendo en cuenta que cada medio en particular
plantea sus propios problemas y especificidades jurídicamente relevantes, ya
que la libertad constitucional protege tanto el contenido de la expresión como
su forma y su manera de difusión; (6) la libertad constitucional protege tanto
las expresiones socialmente aceptadas como aquellas consideradas inusuales,
alternativas o diversas, lo cual incluye las expresiones ofensivas, chocantes,
impactantes, indecentes, escandalosas, excéntricas o simplemente contrarias a
las creencias y posturas mayoritarias, ya que la libertad constitucional
protege tanto el contenido de la expresión como su tono; (7) su ejercicio
conlleva, en todo caso, deberes y responsabilidades para quien se expresa; por
último (8) impone claras obligaciones constitucionales a todas las autoridades
del Estado, así como a los particulares.
ARTICULADO DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS:
Artículo 29
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