domingo, 5 de febrero de 2012

SENTENCIA A PLAZAS, CRASO ERROR JUDICIAL: GRANADOS...

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El solo hecho de compulsar copias: "Además, la polémica decisión del Tribunal de compulsar copias a la CPI para que investigue al expresidente Belisario Betancur Cuartas y a la Fiscalía, para que lo haga con el Consejo de Ministros de la época, se cerró con una orden a las Fuerzas Militares de pedir perdón público, lo que es calificado por el abogado Jaime Granados Peña, defensor de Plazas Vega, como "un craso error judicial". Esta constituyendo un Prevaricato, pues el Tribunal Superior de Bogota, dada su dignidad de Magistrados, saben muy bien que la CPI comienza a operar legalmente en Colombia a partir de su Ratificaciòn por parte del Congreso de la Republica , además se aprecia la perversidad jurídica y la intencionalidad de Juzgar Fallando sin mas apreciaciones que las pruebas que con anterioridad habían sido deshechadas por ser tildadas de mentirosas y para confirmar su animadversión en contra de los indiciados les conmina a "Además, la polémica decisión del Tribunal de compulsar copias a la CPI para que investigue al expresidente Belisario Betancur Cuartas y a la Fiscalía, para que lo haga con el Consejo de Ministros de la época, se cerró con una orden a las Fuerzas Militares de pedir perdón público, lo que es calificado por el abogado Jaime Granados Peña, defensor de Plazas Vega, como "un craso error judicial".  Esto nos dice a los Colombianos que al parecer EXISTE UN COMPLOT para desestabilizar la INSTITUCIONALIDAD DEL PAÍS. De probarse argucias, dolo o perversidad en la aplicaciòn de la Ley, los Magistrados responsables de este Adefesio Jurídico, deben ser ejemplarmente CASTIGADOS DE ACUERDO AL ORDENAMIENTO JURÍDICO y SEPARADOS DEL EJERCICIO LEGAL DE POR VIDA.-.

Un estudiante de primer año de derecho sabe que: " LA LEY PENAL SOLO SE APLICA RETROACTIVAMENTE, CUANDO FAVORESE AL INDICIADO" Y EN EL CASO DE LA  CPI ES IRRETROACTIVA, como no lo sabrán unas personas que calificaron como  MAGISTRADOS  DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA...
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Colprensa | Para el abogado Jaime Granados Peña, el Tribunal Superior de Bogotá no tiene competencia para ordenar que las Fuerzas Militares pidan perdón público.


http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/S/sentencia_a_plazas_craso_error_judicial_granados/sentencia_a_plazas_craso_error_judicial_granados.asp

Sentencia a Plazas, craso error judicial: Granados

LA DEFENSA DEL coronel Luis Alfonso Plazas Vega dice que la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, en su Sala Mayoritaria, avaló dos testimonios que ya habían sido desacreditados judicialmente. "Son dos pruebas falsas".
Rafael González Toro | Medellín | Publicado el 5 de febrero de 2012
Tras la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, que confirmó la condena de 30 años al coronel Luis Alfonso Plazas Vega, por las desapariciones de dos personas en la recuperación del Palacio de Justicia, el 6 y el 7 de noviembre de 1985, en la toma guerrillera del M-19, que dejó 194 muertos, las críticas a esta decisión judicial arreciaron desde distintos sectores y estamentos.


Además, la polémica decisión del Tribunal de compulsar copias a la CPI para que investigue al expresidente Belisario Betancur Cuartas y a la Fiscalía, para que lo haga con el Consejo de Ministros de la época, se cerró con una orden a las Fuerzas Militares de pedir perdón público, lo que es calificado por el abogado Jaime Granados Peña, defensor de Plazas Vega, como "un craso error judicial".


Con el abogado Granados abordamos los detalles de esta sentencia en la que el magistrado ponente Hermens Darío Lara Acuña, salvó su voto frente a la decisión de la mayoría. Los otros dos magistrados, Fernando Pareja y Alberto Poveda, votaron en contra de la ponencia absolutoria.


Abogado Granados, usted habla de fallas protuberantes en el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, ¿cuáles son?
"La sociedad civil, que ha criticado, con gran vehemencia y con absoluta verticalidad, las profundas equivocaciones del fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que condenó al coronel Plazas, se ha concentrado en lo más exótico, llamativo y extravagante de esa decisión que se refiere al expresidente Belisario Betancur, al Consejo de Ministros y al perdón público que le ordenan pedir a las Fuerzas Militares.


Es un debate probatorio y la opinión pública no tiene por qué conocer un expediente gigantesco ni se va a leer una sentencia de 968 páginas para conocer si están bien o mal fundamentadas las 608 páginas de la decisión mayoritaria y las 360 del salvamento de voto del ponente original (magistrado Hermens Darío Lara Acuña). Eso no significa que no tenga que salir a relucir la injusticia de la decisión, lo profundamente equivocada de la misma y que, finalmente, esa soledad que siente de la sociedad civil, termine siendo mañana un apoyo solidario frente a la injusticia que le ha sucedido al coronel".


¿Por qué es improcedente la compulsa de copias a la CPI para que investigue al expresidente Betancur y a la Fiscalía para que lo haga con el Consejo de Ministros de la época?
"Los errores protuberantes cometidos en esta parte de la sentencia tomada por la Sala Mayoritaria son manifiestos. Primero en el tema del expresidente Betancur, el Tribunal parte de un sofisma, según el cual, como no ha sido condenado por la justicia colombiana, el expresidente Betancur, hay impunidad y por eso hay que recurrir a la CPI. Ese es el argumento en síntesis. Es falso porque el expresidente Betancur sí ha sido investigado. La Comisión de Acusaciones sí lo investigó. Aparte de eso se creó un Tribunal especial que consideró que no había responsabilidad alguna en esa materia.


El Tribunal recurre a una instancia que no corresponde. La CPIColombia entró en vigencia el primero de noviembre de 2002. No tiene competencia y menos subsidiaria porque acá no hubo impunidad. Además, comete otro error. Si al coronel Plazas Vega lo condenaron como autor mediato, que fue la tesis de la mayoría del Tribunal, significa que él fue quien coordinó las muertes o las desapariciones. Si él es el autor mediato, ¿entonces estaba por encima del Presidente?


Los errores son mayúsculos. Otro de ellos es la orden de que se compulsen copias a la Fiscal General para que investigue al Consejo de Ministros como si en Colombia existiera una responsabilidad penal por parte del Consejo de Ministros. Y no es así, cada uno responde de manera individual".


En ese sentido, jurídicamente, ¿es otro error que el Tribunal ordene a las Fuerzas Militares pedir perdón público?
"Ese es el error más grave. No tiene ninguna competencia el Tribunal Superior de Bogotá, ni siquiera la Corte Suprema de Justicia para decidir que un comandante de las Fuerzas Militares tenga que pedirle perdón a nadie. Ellos no formaron parte de este proceso. No están siendo juzgados. Eso tiene cabida en un escenario internacional en donde se condene al Estado y la Corte Interamericana de Derechos Humanos indique que se debe hacer la petición de perdón dentro de la garantía de no repetición. El Tribunal carece de competencia".


¿Por qué la posición del magistrado Lara Acuña difiere, de manera tan radical, de lo que plantearon los otros dos magistrados?
"En el fondo lo que ocurrió es lo absurdo: la administración de justicia, a través del Consejo Superior de la Judicatura, encarga a un magistrado al azar, de manera aleatoria, uno entre los 30 que tiene la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, para que se encargue de estudiar la ponencia. Esta persona, después de estar seis meses analizando la ponencia, pide dedicación exclusiva. En febrero de 2010 quedó él (Lara Acuña) encargado exclusivamente a estudiarla. Pero luego, de repente, sus dos compañeros, que no tuvieron descarga de trabajo ni le dedicaron la mínima parte a estudiar el caso que el magistrado Lara Acuña, de manera olímpica y desconociendo el expediente, en solo dos meses se van en contra de lo que el magistrado ponente juiciosamente había estudiado. Así rompieron una regla que se da de que rara vez se derrota a un ponente a menos de que haya cometido un error grave. Y en este caso los errores los comete la Sala Mayoritaria. Eso sí hay que resaltarlo y eso sí genera suspicacia. Cuando uno lee el salvamento de voto se da cuenta de que la ponencia del magistrado Lara Acuña es brillante, estudiada y juiciosa, en contra de la posición asumida de la Sala Mayoritaria, que encuentra como fundamento para condenar al coronel Plazas Vega dos pruebas que ya habían sido absolutamente desacreditadas".


Una de las críticas, entre ellas de los familiares de los desaparecidos, es que la confirmación de la sentencia habla solo de 2 casos y no de 11 como se afirmó siempre, ¿cuáles son los aspectos fundamentales que controvierte la defensa?


"La primera gran mentira es que hubo desparecidos, así como suena, en plural. Es claro que cualquier persona que lee la prensa, o se entera de lo que pasa en el país por los medios de comunicación, le hablan, de manera reiterada, por un cuarto de siglo, y especialmente, durante los últimos cinco años, que hay desaparecidos, en plural, pues se escandaliza y va a cuestionar a unas Fuerzas Militares que, según eso, son capaces de desaparecer a varias personas. ¡Eso es algo aberrante! Pero el Tribunal, aún con estos magistrados que irresponsablemente dijeron lo que dijeron, concluye que para 9 de los 11 desaparecidos no hay pruebas.


A toda la bulla que hizo el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, entre otras cosas, que porque tienen pretensiones multimillonarias económicas de que ahí hubo desaparecidos, el Tribunal les dijo, aún con estos dos magistrados que condenaron de manera equivocada al coronel Plazas Vega, no hay tales 11 desaparecidos. Hay 9 de los que no hay prueba. Eso es, prácticamente, el 90 por ciento. De los 2 que quedan hay uno que el magistrado ponente, Lara Acuña, dice que tampoco hay prueba. Que es Carlos Rodríguez (administrador de la cafetería) de que esté desaparecido. Todo lo contrario, dice el magistrado, que todo indica que murió con sus compañeros de cafetería en el Palacio de Justicia durante el incendio por culpa del M-19".


Según eso, ¿entonces no hay desaparecidos? ¿Qué pasó con la guerrillera, del M-19, Irma Franco?


"Esto queda reducido al único tema en donde hay acuerdo de todos, incluida la defensa, en que sí fue desaparecida Irma Franco. Entonces, el tema de los desaparecidos, en plural, se convierte en un desaparecido, en singular. Lo cual es muy grave, pero está claro que el coronel Plazas Vega no tuvo nada que ver con eso".


¿Y las pruebas conseguidas con los testimonios de Tirso Sáenz y Édgar Villamizar?
"Es mentira cuando dicen que hay pruebas. Primero, Tirso Sáenz era un suboficial que estaba preso por mala conducta. El día de la toma del Palacio de Justicia estaba en un calabozo. Este señor, que hoy está condenado por otros graves delitos, dice que lo sacaron del calabozo, lo montaron a un tanque, que él no sabe manejar, y ese 6 de noviembre, cuando regresó, vio que torturaban gente.


Resulta que la jueza María Stella Jara, que condenó al coronel Plazas Vega en primera instancia, desestimó el testigo. Lo calificó de mentiroso. Dijo que no era posible lo que Sáenz decía, porque está probado que el 6 de noviembre no regresó ningún tanque a la Escuela de Caballería. hay múltiple prueba testimonial, documental y fílmica que muestra que eso no es cierto. La jueza, como el tipo mintió gravemente, lo desestima. Pero el Tribunal Superior de Bogotá le dio peso y credibilidad a este testigo que la propia jueza de primera instancia desestimó. Eso solo lo hace quien no estudió el proceso.


En el caso de Édgar Villamizar, que es el testigo más famoso, declaró que nunca se presentó el primero de agosto de 2007 a la Escuela de Caballería a declarar y que fue suplantado. Prueba de que fue suplantado es que aparece el nombre de Édgar Villamil. No es que haya sido un error que se equivocaron con el apellido. La firma no es de él. Ese señor, aún asumiendo que sí haya sido, dice la misma mentira de Tirso Sáenz, que la primera noche regresó a la Escuela de Caballería. Las mismas razones que descalifican a Sáenz por mentiroso llevan a descalificar a Villamizar o Villamil por mentiroso. Además este señor estaba en Granada (Meta) y dice que viajó en helicóptero a Bogotá con sus compañeros. Está probado que en esa época ni el Ejército ni la Policía ni la Fuerza Aérea disponían de un helicóptero que tuviera esa capacidad de transporte desde Granada (Meta). Son muchas las razones técnicas y jurídicas serias que permiten establecer que estas dos únicas pruebas en contra son falsas".


¿Y qué hay con lo manifestado por el Tribunal de la responsabilidad de Plazas Vega en la toma de decisiones en operación del 6 y 7 de noviembre de 1985?
"En el imaginario popular está que quien comandó el operativo de recuperación del Palacio de Justicia, no de retoma, fue el coronel Plazas Vega. Con eso hay que tener cuidado. Hay eufemismos que distorsionan la realidad. La toma del Palacio de Justicia es un acto violento, delincuencial y terrorista cometido por el M-19. No hay 'retoma' porque no hay nadie que vaya a ocupar ilegalmente el Palacio de Justicia.


La recuperación, que es diferente, del Palacio de Justicia, es una operación legítima militar y jurídicamente. Ordenada por el Presidente en ejercicio como sumo comandante de las Fuerzas Militares y ejecutada conforme al estado del arte de la época. En esa recuperación el que dirigió el operativo no fue el coronel Plazas Vega. En primer lugar intervino toda la cadena de mando. Todas las autoridades, civiles y militares intervinieron. Le correspondió al coronel Plazas Vega, el momento decisivo, como comandante de una unidad táctica, como la Escuela de Caballería, que no está en la línea de mando. Al coronel Plazas Vega se lo identificó porque dirigió los tanques y por las famosas declaraciones que dio. Por eso se piensa que comandó todo y no es así".


A la defensa del coronel Plazas Vega le queda el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, ¿cómo van a enfrentar esta instancia?
"La defensa y la Procuraduría, ambas por separado, presentaron la demanda de casación, tienen un gran reto. En el fondo, aunque desde el punto de vista técnico es muy exigente, no es tan difícil porque es evidente que se equivocó esta sala mayoritaria del Tribunal al decir que es prueba lo que no es prueba. Eso es lo que se llama un falso juicio de identidad. Por ejemplo, el testimonio de Villamizar ya la Justicia lo desestimó. En el proceso, por los mismos hechos, contra el general Arias Cabrales, la jueza Trejos, el año pasado analizó el testimonio de Villamizar y lo rechazó diciendo que había serias dudas de que él hubiese dado ese testimonio y, en consecuencia no cabía tenerlo en cuenta. Más aún, la misma jueza Trejos, en el juicio al general Iván Ramírez por los mismos hechos, cuando tuvo que absolverlo el 16 de diciembre pasado, por las desapariciones, la jueza ratificó que no podía ser tenido en cuenta el testimonio del tal Villamizar o Villamil. En dos decisiones, una de condena y otra de absolución, un juez de la República, por los hechos del palacio de Justicia, ha dicho que no pueden ser tenido en cuenta este testimonio. Esa es la materia prima del recurso extraordinario de casación con la técnica casacional, que es diferente a una apelación".

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