miércoles, 20 de febrero de 2013

70 ABOGADOS Y FUNCIONARIOS SANCIONADOS POR FALTAS DISCIPLINARIAS....

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I PARTE ABOGADOS SANCIONADOS EN COLOMBIA

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038-10
SANCIONADOS 70 ABOGADOS Y FUNCIONARIOS
JUDICIALES POR FALTAS DISCIPLINARIAS
Bogotá D.C. 23 de agosto de 2010.- La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo 
Superior de la Judicatura sancionó disciplinariamente a 54 abogados, dos Fiscales, 13
Jueces de la República y un magistrado de Tribunal Superior de Distrito Judicial en 
decisiones adoptadas entre octubre de 2009 y abril de 2010. 
A continuación un resumen de las decisiones de los Magistrados de la Sala Jurisdiccional 
Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura:
Con ponencia de la Presidenta de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 
de la Judicatura, Magistrada Julia  Emma Garzón de Gómez, fueron sancionados: Con 
suspensión por el término de un (1) mes en el ejercicio del cargo, mutación de la anterior 
sanción a multa por su equivalente al salario del funcionario al momento de los hechos, la 
Juez Segunda Laboral del Circuito de Quibdo (Chocó), ANA MARÍA VARGAS PRADO, 
por falta a la ética como funcionario y la Juez Cuarta Civil Municipal de Pasto, DAYRA 
ELVIRA ERASO ERASO, por falta a los deberes de los funcionarios y empleados. 
También con suspensión  en el ejercicio del cargo por  un mes fue sancionada la Fiscal 21 
Especializada de la Unidad Nacional Antinarcóticos e Interdicción Marítima “UNAIM” de 
Bogotá,  CONSUELO ALEXANDRA MONTAÑEZ DUEÑAS, al haber actuado en
contravía de los deberes funcionales.
Con suspensión para el ejercicio de su profesión por el término de tres (3) años y multa de 14 
salarios mínimos mensuales legales vigentes, fue sancionado el abogado del Cesar JOSÉ LUIS 
BARROS CORRALES, por faltas a la honradez.  Con sanción de  un (1) año de suspensión el
abogado de Santander CARLOS JULIO ÁLVAREZ CONDE, por faltas a la honradez. 

Igualmente fue sancionado con suspensión por el término de cinco (5) meses la abogada de 
Santander LEXIA DOLORES JIMÉNEZ HERNANDEZ, por falta a la debida diligencia
profesional y faltas a la lealtad con el cliente. Con suspensión por tres (3) meses el abogado 
de Cundinamarca JORGE ARMANDO YAYA MARTÍNEZ, por falta a la debida diligencia
profesional.
Con suspensión  en el ejercicio de la profesión por el término de dos (2) meses la Sala 
Disciplinaria sancionó  al abogado de Cundinamarca JORGE LUIS NIGRINIS DE LA HOZ,
por falta a la debida diligencia profesional; el abogado de Cundinamarca NELSON RODOLFO 
CÁRDENAS SALAZAR,  por  faltas a la honradez; el abogado de Sucre GERMÁN JOSÉ
VERBEL VERGARA, por faltas contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del 
Estado; la abogada del Atlántico ANA INMACULADA FONTALVO CAMPO,  por  faltas a la 
honradez;  el abogado de Cundinamarca EDUARDO NARANJO MUÑOZ, por faltas a la
honradez y el abogado del Atlántico ROGER FAJARDO CARDOZO, por faltas a la honradez.
La  Sala impuso sanción de censura  a  la abogada del Valle de Cauca ANA LUCIA
VILLEGAS SALAZAR, por  falta a la debida diligencia profesional; el abogado de
Cundinamarca  WILLIAM GUTIÉRREZ PÉREZ,  por faltas contra la debida diligencia
profesional; el abogado de Cundinamarca GERMÁN ALBERTO HERRERA RIVEROS, por 
faltas contra la debida diligencia profesional y la abogada de Cundinamarca RUBIA 
HILDA PARDO DE BARAJAS, por faltas a la debida diligencia profesional.
Con sanción de multa de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes  fue sancionado 
el abogado  del Meta WINSTON HERMINSUL RUBIO SEGURA,  por  falta contra la 
debida diligencia profesional. 
Con ponencia del Vicepresidente de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo
Superior de la Judicatura, Magistrado Henry Villarraga Oliveros, fueron sancionados con 
suspensión en el ejercicio de la profesión: por un (1) mes el Juez  3º Penal del Circuito de 
Palmira  (Valle del Cauca)  JUDAS JAIRO SANTA PARRA, por  incumplimiento de los 
deberes de los funcionarios y empleados; con amonestación el Juez 3º de Familia de 
Ibagué ÁLVARO BURITICÁ RAMÍREZ, por falta a los deberes de los funcionarios y 
empleados.
Con suspensión por el término de dos (2) meses fue sancionado el abogado de
Cundinamarca CÉSAR AUGUSTO CARDONA GAVIRIA, por  falta a la debida diligencia 
profesional y el  abogado de Boyacá EDGAR ROBERTO BARRERA ROSAS, por falta a la 
debida diligencia profesional.- 3
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Con censura los abogados de Cundinamarca MILLER SUAZA CALDERÓN, por falta a la 
debida diligencia profesional; CARLOS ERNESTO GONZALEZ CORREDOR, por faltar al 
respeto debido a la administración de justicia y  CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ CARO, 
por falta a la debida diligencia profesional.  
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 
de la Judicatura  José  Ovidio Claros Polanco,  fueron sancionados:  Con destitución e 
inhabilidad general por el término de 10 años la Fiscal Quinta Especializada de Santa 
Marta  ASTRID ISABEL CHARRIS BERMÚDEZ, por falta a los deberes de los
funcionarios y empleados; con suspensión por dos (2) meses  el Juez Primero Penal del 
Circuito de Santa Marta CARLOS JULIO ZAGARRA SILVA, por incumplimiento de los 
deberes de los funcionarios y empleados; con suspensión  por un (1) mes, la Juez Cuarta
Civil Municipal de Neiva MARÍA MERCEDES FALLA YEPES, por incumplimiento de  los 
deberes de los funcionarios y empleados y  con multa equivalente a un mes de salario al 
momento del retiro del cargo, el ex Juez Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá
BERNARDO MORALES CASAS, por incumplimiento de los deberes de los funcionarios y 
empleados. 
Igualmente fue sancionado  con suspensión en el ejercicio de la profesión por el término 
de dos años el abogado de Nariño HUGO GILBERTO RUIZ OTAYA, por faltas contra la 
recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado; con suspensión de cuatro (4) 
meses el abogado de Santander JORGE ALBERTO TORRES RODRÍGUEZ, por faltas a 
la honradez del abogado.
Con dos (2) meses  de suspensión  en el ejercicio de la profesión  fueron sancionados los 
abogados:  del  Valle del Cauca IVÁN DE JESÚS OLAYA OROZCO, por  faltas a la
honradez y del Cauca ÁLVARO CALVACHE ROJAS, por  faltas a la honradez del
abogado. Con tres (3) meses de suspensión el abogado del Atlántico RAMIRO ALFONSO 
JIMÉNEZ CARO, por faltas a la honradez del abogado.
Con la misma ponencia fueron sancionados con  censura  el abogado  del Valle del Cauca 
JUÁN CARLOS CASTILLO GUTIÉRREZ, por falta a la debida diligencia profesional; el 
abogado de Cundinamarca ALFONSO CHAMIÉ MAZZILLI, por falta a la lealtad debida 
a la administración de justicia;  el abogado del Huila MARIO ANDRÉS  OLIVEROS  
TINOCO,  por  falta de lealtad con el cliente; el abogado de Tolima HERNANDO 
ÁLVAREZ URUEÑA,  por  falta a la debida diligencia profesional;  el abogado de- 4
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Cundinamarca  JUAN CARLOS BERNAL PARRA, por faltas al respeto debido a la
administración de justicia, las injurias y las acusaciones temerarias contra los
funcionarios y el abogado de Cundinamarca MANUEL ALBERTO CORTÉS BOHÓRQUEZ, 
por falta a la diligencia profesional.
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 
de la Judicatura Pedro Alonso Sanabria Buitrago, fueron sancionados: Con exclusión en el 
ejercicio de la profesión, el abogado de Bolívar  JULIO CÉSAR SANTAMARÍA LÓPEZ, 
por faltas a la honradez; con suspensión por seis (6) meses el abogado de Valle del Cauca 
JIMMY ARCADIO SALAZAR VILLARREAL, por faltas a la honradez del abogado;  la 
abogada de Cundinamarca ZULEIMA ALICIA CASTILLO ARIZA, por  faltas a la
honradez del abogado. Con suspensión por cuatro (4) meses fue sancionado el abogado de 
Cundinamarca JAIME RESTREPO RINCÓN,  por faltas a la honradez y con suspensión 
por tres (3) meses el abogado de Santander LEONARDO PINZÓN PACHÓN, por falta a 
la debida diligencia profesional. 
Asimismo fueron  sancionados con censura los  abogados: de Nariño  LUIS ALFREDO
CASTRO ZAMBRANO, por  faltas contra el respeto debido a la administración de
justicia, las injurias y las acusaciones temerarias contra los funcionarios  y del Meta 
ISMIN RODRIGO ROA ROMERO, por faltas contra la lealtad debida a la administración 
de justicia y faltas a la honradez.
Con amonestación fue sancionada la Magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior de 
Medellín MARÍA EUCLIDES PUERTA MONTOYA, por faltar al respeto a una 
funcionaria judicial. 
La Sala también ordenó la apertura formal de investigación disciplinaria en contra del 
Juez  1º Laboral del Circuito de Quibdo FRANCISCO ANTONIO MENA CASTILLO, 
quien con sus reiterados embargos a los recursos del ente territorial,  ha afectado las 
cuentas de participación y transferencias contrariando la Ley;  
Con ponencia de la Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 
de la Judicatura María Mercedes López Mora, fueron sancionados con suspensión: Por 
seis (6) meses la abogada de Cundinamarca DIANA PATRICIA VÁSQUEZ LONDOÑO, 
por  falta a la debida diligencia profesional;  el abogado de Santander HUGO JAVIER 
FERREIRA MEJÍA, por faltas a la honradez y  los abogados de Risaralda Mauricio Gallo 
Caro y Lida Salazar Rivera, por faltas a la honradez.- 5
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Por dos (2) meses la abogada de Santander OFELIA GUIZA SAAVEDRA, por  faltas a la 
honradez;  el abogado del Huila HERNANDO GONZÁLEZ SOTO, por falta a la
honradez.
Con censura  fueron sancionados los  abogados:  de Cundinamarca Jesús Antonio Peña
Montaña,  por  falta a la debida diligencia profesional; del Valle del Cauca Francisco 
Gonzalo Cortés Hidrovo,  por  falta a la debida diligencia profesional; de Santander
JAIRO MANUEL GALINDO VALDIVIESO, por falta a la debida diligencia profesional; 
de Cundinamarca JORGE ENRIQUE SÁNCHEZ QUINTERO, por  faltas contra la
lealtad debida a la administración de justicia y de Santander RAFAEL ANTONIO
ARDILA RÍOS, por faltas a la honradez.
Fue removido del cargo el Juez de Paz de la Comuna 3  de Dosquebradas (Risaralda)
Carlos Arturo Grajales Ospina, por atentar contra las garantías y derechos
fundamentales u observado una conducta censurable que afecte la dignidad del cargo y con 
suspensión en el ejercicio del cargo por el término de doce (12) meses fue sancionado el 
Juez Segundo Promiscuo de Familia del Circuito de El Espinal (Tolima),  LUIS ALBERTO 
VILLAMARÍN ACEVEDO, por incurrir en prohibiciones a los funcionarios y empleados de 
la Rama Judicial de “realizar en el servicio o en la vida social actividades que puedan 
afectar la confianza del público u observar una conducta que pueda comprometer la 
dignidad de la administración de justicia”.
Con ponencia de la Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 
de la Judicatura Nancy Ángel Müller, fue sancionado con suspensión de  dos (2) meses el 
abogado de Cundinamarca ÁNGEL OCTAVIO MUÑOZ CUBILLOS, por  faltas a la
honradez y con censura la abogada de Antioquia ADELA PATRICIA MARTÍNEZ
BILBAO, por faltas a la honradez. 
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 
de la Judicatura Angelino Lizcano Rivera, fue sancionada con  amonestación escrita la 
Juez Primera Laboral del Circuito de Pereira (Risaralda), AMPARO RENGIFO
SANTIBAÑEZ, por incumplimiento de los deberes de los funcionarios y empleados y con 
censura  fue sancionado  el abogado del Magdalena CARLOS ANTONIO SOCARRÁS
BAUTE, por faltas a la lealtad profesional.
Con ponencia del Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 
de la Judicatura Jorge Armando Otálora Gómez, fueron sancionados: Con suspensión en 
el ejercicio del cargo por el término de siete (7) meses e inhabilidad especial por el- 6
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mismo término, el Juez Promiscuo del Circuito de El Carmen de Bolívar JOSÉ LUCIANO 
ESPAÑA TOBAR, por incumplimiento de los deberes de funcionarios y empleados y con 
suspensión provisional el Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de 
Cali, HÉCTOR ARMANDO CAICEDO PAZMIÑO, por irregularidades en la concesión del 
beneficio de varias prisiones domiciliarias en procesos a cargo del citado despacho
judicial.
Con suspensión por seis (6) meses fue sancionado el abogado de Cundinamarca  CÉSAR 
OVIDIO ARCINIEGAS CUELLAR, por  faltas contra la lealtad debida a la
administración de justicia y faltas de lealtad con el cliente y con  censura fue sancionado 
el abogado de Caldas CARLOS EDUARDO LONDOÑO CASTAÑO, por faltas a la
honradez.


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